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Luis María Díez-Picazo. Foto: Archivo / Vídeo: Atlas

Un Supremo dividido aplaza la decisión sobre el impuesto hipotecario

Solo un tercio de los 28 magistrados se han pronunciado sobre la estimación de los recursos que deben confirmar si la banca paga el tributo

Mateo Balín

Madrid

Lunes, 5 de noviembre 2018, 09:39

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El Tribunal Supremo ha aplazado a este martes la solución de la grave crisis institucional generada tras la sentencia sobre el pago del impuesto hipotecario y la posterior decisión del presidente de la Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo), Luis María Díez-Picazo, de abocar la nueva doctrina al escrutinio del Pleno, formado por 28 magistrados.

Tras ocho horas de reunión, Díez-Picazo levantó la sesión poco antes de las 20:00 horas tras una primera toma de contacto que se extendió más de lo previsto por el formato del Pleno, que se preveía de antemano muy largo.

Primero porque los ponentes de los recursos pendientes de resolver, los magistrados de la Sección Segunda Nicolás Maurandi y Francisco José Navarro Sanchís, han tenido que explicar su postura favorable al cambio de criterio sobre quién tiene que abonar el llamado Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la firma de la hipoteca.

Maurandi y Navarro Sanchís forman parte de la Sección Segunda de lo Contencioso, especializada en tributos y firmantes de la sentencia del pasado 18 de octubre que supuso un «giro radical» a la doctrina aplicada hasta la fecha: que fueran los clientes y no los bancos los que tuvieran que abonar el citado gravamen. Su postura, por lo tanto, estaba clara y atribuía a las entidades financiera esta carga tributaria.

En segundo lugar, la decisión de aplazar al martes el debate se debió a que todos los presentes, tras escuchar la defensa jurídica de sus compañeros, han intervenido para dar una primera impresión, aunque solo un tercio de los presentes han entrado de lleno sobre la estimación o no de los tres recursos en liza pendientes de resolver.

Fuentes jurídicas han señalado que los que sí han intervenido no han mostrado una postura unitaria respecto a este asunto, y que ha habido opiniones tanto a favor como en contra de confirmar el giro jurisprudencial realizado hace tres semanas por una de las secciones de esta sala, la Segunda, que atribuyó a los bancos el pago del impuesto.

De forma previa, los magistrados se han explayado sobre la intervención del presidente Díez-Picazo para llevar a Pleno los tres recursos pendientes. Aquí ha habido una postura mayoritaria en favor del presidente, según las citadas fuentes. Hay que tener en cuenta que la denominada sala especial del artículo 61 del Supremo -de la que forman parte magistrados de las cinco jurisdicciones del alto tribunal- respaldó de forma rotunda esta decisión el pasado miércoles en el auto por el que rechazó la querella presentada por Podemos contra el presidente de la Sala Tercera.

Retroactividad

Así las cosas, la sentencia firme del pasado 18 de octubre, que por cinco votos a uno atribuyó a la banca la carga del impuesto, circunstancia que supuso un «giro radical» a la doctrina seguida desde hace años, ha sobrevolado en el debate jurídico pero sin entrar todos los magistrados en el fondo: si al final acaba pagando la banca y desde cuándo, es decir, la retroactividad de la medida.

En ese pleito se llevó el gato al agua el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid frente a la Empresa Municipal de la Vivienda (EMV) de la Comunidad de Madrid, que le exigía el pago del tributo por la inscripción de alrededor de 4.000 hipotecas.Esta postura fue seguida en dos sentencias posteriores con las mismas partes en liza. Las resoluciones anulaban un artículo del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de 1995, en concreto el 68, que precisa que en las escrituras de hipotecas el tributo debe abonarlo quien solicita el préstamo, es decir, el cliente.

El Tribunal Constitucional había avalado en 2005 el artículo 68 del reglamento en dos autos en respuesta a las dudas sobre su legalidad presentadas por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Y la Sala Primera (de lo Civil) del Supremo resolvió en el mismo sentido en febrero pasado. Sin embargo, sus compañeros los magistrados de la Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo cambiaron el paso y decidieron en septiembre seguir adelante con el recurso del Ayuntamiento de Rivas al entender que es a ellos a quienes corresponde fijar la doctrina.

Lo que vino luego ya es sabido: el tribunal estableció en la sentencia que es el banco y no el cliente el que debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en la firma de una hipoteca y, un día después, el presidente de la Sala de lo Contencioso anunció la paralización de los tres próximos recursos pendientes dada la «enorme repercusión económica y social».

Así se llega hasta el Pleno de este lunes, al que han asistido 28 de los 31 magistrados que estaban convocados. Los tres que se han ausentado lo han hecho por diferentes motivos: Segundo Menéndez por presidir la Junta Electoral Central, Rafael Fernández Valverde por un viaje autorizado por el Consejo General del Poder Judicial y Octavio Herrero por intereses en el litigio, en concreto porque fue avalista de un hijo que adquirió una vivienda de protección oficial en el municipio madrileño. Mañana seguirá el Pleno con las espadas en todo lo alto.

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