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Aplazado a mayo el juicio de la Seguridad Social contra Deliveroo

Aplazado a mayo el juicio de la Seguridad Social contra Deliveroo

Abogados de la empresa de comida a domicilio consiguen retrasar la vista tras pedir tiempo para recabar nuevas pruebas de que sus 'riders' no trabajan solo para ellos

Lunes, 17 de diciembre 2018, 11:36

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Más de 500 'riders' que prestan sus servicios a la plataforma digital Deliveroo debían comenzar hoy a testificar en el Juzgado Social de Madrid en el juicio que se celebra contra esta empresa de reparto a domicilio y que finalmente se ha suspendido y aplazado al próximo 31 de mayo a la espera de recabar más pruebas.

Así lo ha acordado el juez tras la petición expresa realizada por los letrados de la empresa y de una asociación de 'riders', que pretenden probar que trabajan también para otras compañías.

No se trata del primer juicio contra la compañía fundada hace cinco años en Londres en el que ponen en entredicho su modelo de trabajo, pero sí tiene un significado especial por tratarse de una demanda interpuesta por la propia Administración -a través de la Inspección de Trabajo- y, sobre todo, porque no afecta a un trabajador en concreto sino al medio millar que prestan sus servicios en la capital española.

La Tesorería General de la Seguridad Social considera que los 517 repartidores que operan en Madrid deben ser asalariados -y por tanto, contar un contrato por parte de la empresa con su correspondiente cotización al sistema- y no trabajadores autónomos, que es la relación laboral que tienen en la actualidad con Deliveroo.

Ahora será el juez el que tenga que esclarecer si estos trabajadores están funcionando como falsos autónomos y, si es así, la plataforma se verá obligada a darlos de alta a la Seguridad Social y pagar la correspondiente multa por el concepto de cuotas no abonadas, algo que la Administración ha estimado en una cantidad en torno a 1,2 millones de euros.

Los casos precedentes no trajeron buenas noticias para Deliveroo y sendas denuncias interpuestas también por la Inspección de Trabajo en Barcelona y Valencia dieron la razón a la Administración, la obligaron a dar de alta a los trabajadores demandantes en el Régimen General y abonar 1,3 millones y 160.000 euros, respectivamente, en concepto del pago de las cuotas atrasadas.

Los jueces anteriores se basaron en diferentes argumentos para condenar a Deliveroo: que el 'rider' está bajo control continuo de la empresa a través del GPS que tiene instalado y mediante el cual vigila sus tiempos de reparto; que éste no cuenta con estructura empresarial ya que la app y la página web son propiedad de Deliveroo; que el precio por el servicio realizado (en este caso por el reparto del pedido) no lo fija el repartidor, sino la compañía británica y que tampoco participa «en modo alguno de los beneficios que en su caso» obtuviera Deliveroo, que es a su vez quien fija las condiciones de los restaurantes adheridos y de los clientes, datos que el repartidor además desconoce.

Argumentos contra Deliveroo

Los argumentos que han dado los otros jueces contra Deliveroo son que consideran probada la dependencia de los 'riders' con la empresa, ya que es Deliveroo quien decide en qué horario van a trabajar estos repartidores (la plataforma les envía un 'planing' semanal a sus empleados), les da instrucciones concretas sobre lo que tienen que hacer y en cualquier momento puede pedirles explicaciones del servicio que prestan. A su vez, esgrimen que el trabajador carece de libertad dentro de su horario para rechazar pedidos, algo que precisamente fue la causa que alegó la empresa para el despido de este trabajador: el rechazo de ofertas y la falta de disponibilidad reiterados.

También ha consideran probado que una vez asignado un turno a un repartidor es el propio trabajador el que tiene que encontrar un sustituto y debe contar con la autorización de la empresa para poder cambiar, así como también debe comunicar con 15 días de antelación si quiere abandonar la empresa.

A la vista de estos argumentos, la relación entre la empresa y el repartidor «presenta rasgos que sólo son concebibles en el trabajo dependiente y por cuenta ajena», explica una sentencia de un juzgado de Valencia del pasado mes de junio.

Deliveroo se reafirma

Por su parte, Deliveroo insiste en reafirmar que sus repartidores «trabajan por cuenta propia, ya que este es el modelo que les proporciona la libertad de elegir cuándo y dónde trabajar, que es lo que los propios 'riders' confirman que quieren». «Cuando los tribunales han examinado los contratos vigentes en toda Europa, la Justicia ha confirmado que se trata de verdaderos autónomos», han dicho en más de una ocasión

La plataforma, en datos

  • Qué es: Deliveroo es una compañía digital que opera como plataforma de encuentro entre restaurantes, clientes y una red de 'riders' que entrega pedidos a domicilios, oficinas y hoteles, al estilo de otras como Glovo o Uber Eats..

  • Dónde está: En España cuenta con nueve millones de clientes potenciales a los que les lleva la comida que elijan a su domicilio y colabora con más de 3.600 restaurantes. Si bien comenzó por las principales capitales, ahora está presente en doce ciudades (Madrid, Barcelona, Valencia, Zaragoza, Alicante, A Coruña, Sevilla, Málaga, Granada, Bilbao, Palma de Mallorca y Murcia) y en más de una veintena de grandes municipios de todo el país, teniendo una red de más de 1.000 'riders'.

  • Desde cuándo: Fundada en Londres en 2013 por William Shu y Greg Orlowski, Deliveroo está presente en más de 500 ciudades de 13 países de Europa, Asia y Australia.

  • Cuántos trabajadores: La compañía emplea a más de 2.000 personas, colabora con más de 50.000 'riders' y trabaja con más de 50.000 restaurantes en todo el mundo.

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