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Edificio del Tribunal Constitucional, en Madrid. Archivo
El Constitucional avala por unanimidad el 155 en Cataluña para desactivar el 'procés'

El Constitucional avala por unanimidad el 155 en Cataluña para desactivar el 'procés'

Rechaza los recursos del Parlament y Podemos contra la suspensión de la autonomía aprobada por el Senado y afirma que es un artículo excepcional

Mateo Balín

Madrid

Martes, 2 de julio 2019, 13:52

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El pleno del Tribunal Constitucional respaldó este martes por unanimidad la aplicación del artículo 155 en Cataluña para poner fin a la deriva secesionista del 'procés' en otoño de 2017. Una resolución tramitada por el Senado que supuso, de facto, la intervención de competencias de la autonomía catalana tras la aprobación de la Declaración Unilateral de Independencia en el Parlament el 27 de octubre de hace dos años gracias con los únicos votos de los partidos independentista.

Aquella proclamación, además, derivó en una querella de la Fiscalía General del Estado por un delito de rebelión contra todo el Govern, encabezado por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el vicepresidente Oriol Junqueras. Una causa que acaba de ser juzgada en el Tribunal Supremo con 12 acusados y que está a la espera de sentencia a la vuelta de vacaciones.

Las dos sentencias del Constitucional, cuyo fallo se adelantó este martes, desestimaron en su práctica totalidad los recursos de inconstitucionalidad presentados por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y por los del Parlament catalán. Ambos escritos consideraban que el citado acuerdo del pleno del Senado, que aprobó las medidas requeridas por el Gobierno de Mariano Rajoy al amparo del artículo 155 de la Constitución Española, vulneraban derechos fundamentales tras la intervención de competencias del Estatuto catalán amparadas por la misma Carta Magna.

Los 12 magistrados de la corte de garantías estiman únicamente el recurso contra la impugnación de una regla. En concreto, la que impedía la publicación oficial de disposiciones normativas o actos por parte de la Generalitat sin autorización del Gobierno. Una medida de escaso impacto si la comparamos con el alcance del 155, aprobado en la Cámara alta con los votos de PP, PSOE, Ciudadanos y Coalición Canaria.

Un artículo temporal

Las sentencias íntegras, cuyos ponentes son Pedro González-Trevijano y la vicepresidenta Encarnación Roca, se notificarán en los próximos días y convertirán en doctrina la disolución del Gobierno catalán por acuerdo del Senado. Fuentes de la corte de garantías sugirieron hoy la presencia en las sentencias de una mención a la singularidad de la aplicación del 155, dado su carácter excepcional y temporal, ya que se refiere a la suspensión de un régimen autonómico consagrada en el artículo dos. Esta mención, de incluirse al final, contrastaría con la defensa a ultranza realizada por los líderes de PP y Ciudadanos para que se aplique en Cataluña con mayor dureza y de forma indefinida.

Ello pese a que el mismo 27 de octubre de 2017 el Senado aprobó, tras seis horas de intenso debate, la aplicación del 155, una solución extrema e inédita en democracia, para frenar el proceso secesionista en Cataluña que comenzó el 6 de septiembre anterior. Entonces, PP y Ciudadanos, con el apoyo del PSOE, lo sacaron adelante por 214 votos a favor, 47 en contra y una abstención.

La medida supuso el cese Puigdemont y su Ejecutivo, la restricción de los poderes del Parlament, la intervención de organismos y servicios de la comunidad, como los Mossos o mecanismos del control de gasto, o la convocatoria de elecciones en un plazo de seis meses.

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