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Óscar Chamorro
«SE PONÍA UNA MANTA ENCIMA»

«SE PONÍA UNA MANTA ENCIMA»

Domingo, 1 de septiembre 2019

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Dos hermanos, ella de siete y él de seis, fueron declarados en «situación de desamparo» por la delegación de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, mientras se seguía un juicio por abusos sexuales con la niña, por parte de su padre y su abuela. «En un caso de abuso sexual no te puedes permitir esperar. Primero se protege al niño y después se pregunta», sostiene Antonio Ferrandis, vicepresidente de la Asociación de Prevención del Maltrato Infantil de Madrid y jefe del área de Adopciones de la Comunidad de Madrid. «Las medidas de protección iniciales dependen de la Administración, que valora la integridad y vulnerabilidad del niño e informa al fiscal de menores. Pero después viene un proceso judicial, en el que las cosas son distintas, porque nuestro código penal se basa en la presunción de inocencia y adaptar el testimonio del niño al derecho penal parece algo muy complicado».

En un proceso judicial que puede resultar lento y discrecional, se dirime el destino de los niños. Sus testimonios suelen ser refutados por las defensas, que logran sembrar dudas razonables. Sin embargo, en el devenir del proceso, que puede demorar cuatro años o más, hay golpes que ayudan a las víctimas. El caso de los hermanitos andaluces llegó hasta el Supremo, que dictó sentencia este mismo verano. Los críos vivían en un centro de acogida desde 2012 y recibieron una visita por parte de su padre y su abuela, siete meses después de la separación. Al entrar en la sala de visita, custodiados por una psicóloga, la abuela y el padre tocaron la zona genital de la niña por debajo de la falda. La abuela también estiró la mano hasta el pene del niño.

La psicóloga calló hasta que hubo un segundo intento del padre sobre la hija. Entonces interrumpió la visita. Estos hechos probados vencieron las dudas que suscitaba el testimonio de la niña, única víctima de abuso sexual para la justicia al «no constar tocamientos anteriores» en el hermano. Las defensas habían alegado que esas declaraciones sólo «repiten una versión de lo sucedido desde que son inducidos a ello», un argumento recurrente en este tipo de casos. Sin embargo, el tribunal consideró que, aunque «no concretó momentos ni fechas exactas ni lugares» y «carece de un relato extenso», sí relató, a pesar de tener un «vínculo afectivo familiar y de lealtad», aquellos abusos sin que mediara un «móvil espurio».

Ella sufría los tocamientos de ambos desde «al menos un año antes» de la denuncia. «Siempre se prefiere que el niño pase a cargo de un familiar adulto, lo que se llama la familia extensa, antes que entren en el sistema de protección de la administración», explica Ferrandis. «Pero si los otros mayores han sido consentidores, los niños pasan al Estado. Los tutela ante su desamparo, aunque se produzca una doble victimización, pues el niño, además del abuso, es separado de la gente que quiere. A veces hay que romper los vínculos y darlo en adopción. Los casos de abuso sexual son minoría. Estas cosas se denuncian poco, porque afecta a personas cercanas».

Cuando se interrumpió la visita de la abuela y el padre en 2013, la psicóloga quiso explicarle a la niña el motivo, y ella «de forma espontánea le contó que en su casa su abuela le había tocado más veces, señalándose la zona genital, el pecho y los glúteos», para lo que «se ponía una manta por encima», mientras que el padre hacía lo mismo cuando la abuela «salía con el perro». De esta manera, se supera el «probablemente creíble» de la perito, cuya anteposición de la palabra «probable» puede provocar grietas en una acusación. La sentencia de primera instancia se dictó a finales de 2017, cuando la niña tenía once años, y con trece escucha por fin la última y definitiva, en la que se priva al padre de la patria potestad y, al igual que su madre, se le condena por el delito de abusos sexuales.

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