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El Ministerio de Sanidad certifica sólo 2.008 productos homeopáticos

El Ministerio de Sanidad certifica sólo 2.008 productos homeopáticos

El departamento de María Luisa Carcedo deja fuera al 66% de ellos, que no se ajustan a la ley y ya no se podrán vender en farmacias

Álvaro Soto

Madrid

Martes, 30 de octubre 2018, 14:03

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La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, ha validado 2.008 productos homeopáticos que cumplen todos los requisitos para adecuarse a la nueva regulación y que de esta forma, podrán solicitar la autorización de comercialización. En total, 2.008 productos homeopáticos han sido validados por la AEMPS y podrán seguir siendo vendidos en las farmacias.

De ellos, 1.996 se han comunicado como productos sin indicación terapéutica y 12 como productos con indicación terapéutica. La resolución que se publica ahora empieza a acotar el número de productos disponibles en el mercado y supone un aumento de las garantías frente a la situación anterior, asegura la AEMPS.

La Agencia Española de Medicamentos publicó el 30 de abril la Orden Ministerial 1 que determinaba los requisitos mínimos y el procedimiento para que los productos homeopáticos se acogieran a la normativa española y a la normativa europea. Según explica la AEMPS en un comunicado, la publicación abría un plazo para que los titulares de los productos homeopáticos comunicaran a esta entidad su intención de adecuarse a las leyes.

Los 2.008 productos homeopáticos a los que la AEMPS ha dado luz verde podrán seguir siendo comercializados hasta su evaluación y posterior decisión. El resto de productos homeopáticos no pueden seguir siendo comercializados desde esta fecha y aquellos que se encuentren en las farmacias deberán ser retirados.

Los titulares deberán presentar ahora sus dosieres con la correspondiente documentación que avale la eventual autorización de sus productos de acuerdo a las dos bases legales existentes (para productos que reivindiquen o no una indicación terapéutica). La agencia ha fijado un calendario que incluye seis ciclos de presentación de dosieres y evaluación. El primer ciclo cubrirá la solicitud de los expedientes solicitados con indicación terapéutica (serán evaluados como el resto de los medicamentos siguiendo los mismos principios científicos) y aquellos sin indicación terapéutica cuya vía de administración sea inyectable.

Los productos del segundo ciclo en adelante son aquellos que se han notificado como sin indicación terapéutica (con excepción de los inyectables) y que pueden acogerse al procedimiento de registro simplificado de acuerdo a la normativa. El segundo ciclo incluye productos con cepas de origen biológico que no estén incluidos en el primer periodo. En los siguientes tres ciclos se incluirán los productos unitarios (una sola cepa) por orden alfabético y, en el último ciclo, los productos complejos (dos o más cepas).

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