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Josep Lluis Trapero. Efe
La sentencia vaticina un futuro judicial muy negro a Trapero

La sentencia vaticina un futuro judicial muy negro a Trapero

El Supremo zanja que fue el major quien diseñó la estrategia «cínica» de no actuar contra el 1-O bajo la justificación de «preservar la convivencia»

Lunes, 14 de octubre 2019, 13:02

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La sentencia del Tribunal Supremo vaticina un futuro judicial muy negro al major José Luis Trapero y al resto de procesados en el juicio por rebelión que comenzará en la Audiencia Nacional el próximo 20 de enero. La única buena noticia para Trapero es que será difícil que el juzgado de la calle Génova le condene por rebelión (tal y como reclama la Fiscalía que pide para él once años) después de que el Supremo haya descartado este delito para los líderes del procés.

Todo apunta a que las acusaciones rebajarán sus pretensiones a sedición antes de iniciarse la vista oral. Pero a partir de ahí, Trapero, el exdirector de los Mossos Pere Soler, el exsecretario general de Interior de la Generalidad César Puig y la intendente Teresa Laplana encaran un juicio cuesta arriba desde el principio. Y eso porque el Supremo considera probado que los tres primeros fueron elementos esenciales en el engranaje para que los Mossos no actuaran contra el referéndum y que Laplana dejó tirados a los guardias civiles durante el famoso asedio a la Consejería de Economía del 20 de septiembre.

Trapero –reconoce el Supremo- efectivamente el 28 de septiembre de 2017 avisó al Govern, y en particular al consejero de Interior, Joaquim Forn, de que podía haber graves disturbios el 1-O y que lo mejor sería cancelar el referéndum. Pero antes, el major diseñó la estrategia de no actuar contra el 1-O bajo la justificación de «preservar la convivencia». Una fórmula que el consejero hizo suya. «Forn aceptó los criterios expuestos por el jefe de los Mossos fijando como objetivo prioritario de la intervención policial preservar la «convivencia» en referencia a una expresión presente en la imperativa resolución judicial, sin dar cuenta, desde luego, del sentido interesadamente atribuido a tal expresión», apunta el Supremo. «Con ello disimulaba -siquiera de modo inverosímil- su verdadero propósito de que la actuación de los Mossos no constituyera un riesgo para el objetivo delictivo de los coacusados», denuncia la resolución, acusando a Trapero veladamente de cómplice de los líderes del procés.

La estrategia diseñada por Trapero y que Forn avaló por completo se usó para «aparentar» que el «principio de proporcionalidad obligaba a no utilizar la fuerza para cumplir la decisión judicial».

El plan de Trapero, sostiene el Supremo, funcionó. «Los Mossos no interfirieron la emisión de votos, más allá de alguna actuación aparente y en un mínimo número de centros. En algunos casos, llegaron incluso a recoger, hacerse cargo y trasladar material electoral, que les era entregado por los ciudadanos que llevaron a cabo la gestión de las correspondientes mesas de votación», apunta la resolución.

Chivatazos

La sentencia es especialmente crítica con la decisión de Trapero, defendida por el mayor con vehemencia en el juicio, de enviar exclusivamente un bimonio de los Mossos a cada uno de los centros de votación. Afirma que ese despliegue «sin discriminar aquellos que recibirían una gran afluencia de personas para votar, respecto de aquellos otros que previsiblemente eran poco significativos, supuso una neutralización de la capacidad operativa de ese cuerpo policial». «La coartada de la insuficiencia de Mossos en cada uno y en todos los centros para cumplir el mandato de la magistrada del Tribunal Superior de Justicia, se mostró con cínica notoriedad«.

Pero el fallo va más allá. El Supremo da verosimilitud a las acusaciones de los servicios de Información de las fuerzas de seguridad del Estado de que los Mossos, además de no tratar de impedir la consulta, dieron chivatazos a los congregados sobre cómo debían actuar para mantener ocupados los colegios: la presencia constante de una multitud que desaconsejara a la policía autonómica siquiera tratar de entrar a requisar las urnas o las papeletas.

Si compleja es la situación de Trapero y sus inmediatos superiores por los acontecimientos del 1-O, complicada también es la papeleta que enfrenta Laplana, última responsable de la seguridad en el distrito de Barcelona donde una multitud asedió el 20 de septiembre de 2017 a la comitiva judicial de la Guardia Civil.

«No se estableció el perímetro de seguridad que la comisión judicial reclamó, de manera que para discurrir entre los miles de manifestantes allí congregados no había otro acceso que un estrecho pasillo humano que únicamente permitía el paso en fila individual, y que no era un cordón controlado policialmente sino formado por los propios voluntarios de la entidad convocante -ANC-, que llevaban chalecos identificativos de pertenecer a esa organización», denuncia el histórico fallo.

«La movilización impidió que la Guardia Civil pudiera introducir en el edificio a los detenidos, quienes debían estar presentes en el registro, conforme disponen las leyes procesales. También impidió que pudiera ser atendida la orden judicial con plena normalidad. Los vehículos de la Guardia Civil, tres Nissan Patrol y cuatro vehículos camuflados terminaron con importantes destrozos», recuerda la resolución, que insiste en que a pesar de 40.000 manifestantes que rodearon el edificio la única protección que brindaron los Mossos fue la del «reducido número agentes que diariamente se encarga de la vigilancia ordinaria en el acceso del edificio», quienes «no recibieron refuerzo alguno durante el día, salvo la llegada de unos agentes de mediación», apostilla el Supremo.

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