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Palacio de Justicia de Burgos, sede del TSJ de Castilla y León. GIT

Ratifican la absolución de la pareja acusada de trata de mujeres en Burgos

El Tribunal Superior de Justicia comparte los criterios de la Audiencia Provincial, que meses atrás absolvió a la pareja al no poderse probar los delitos de los que se les acusaba

Lunes, 18 de noviembre 2024, 17:48

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha ratificado la sentencia emitida meses atrás por parte de la Audiencia Provincial de Burgos mediante la que se absolvía a una pareja acusada de sendos delitos de acusada de proxenetismo, trata de mujeres y blanqueo de capitales.

Los hechos encausados se remontan a finales de 2019, cuando la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional iniciaba una investigación a raíz de la presentación de una denuncia por parte de una mujer de nacionalidad colombiana que aseguraba haber sido obligada a prostituirse en un piso de Burgos capital.

A partir de dicho testimonio, en el que la testigo aportó numerosos detalles en torno al funcionamiento del piso, arrancó una operación dirigida por la Brigada de Extranjería en la que los agentes consiguieron contactar con otras cuatro mujeres que también aseguraban haber sido explotadas sexualmente.

Asimismo, los agentes comprobaron que los sospechosos, una pareja también de origen colombiano, no estaban inscritos en la Seguridad Social ni les constaban ingresos por rendimientos laborales. A pesar de ello, durante años anteriores habían conseguido enviar a su país de origen al menos 40.526 euros.

Con esos testimonios e indicios sobre la mesa, la Policía Nacional llevó a cabo en noviembre de aquel año un registro del domicilio en cuestión y tomó declaración a los dos sospechosos, que a partir de ese momento fueron acusados de sendos delitos de proxenetismo, trata de mujeres y blanqueo de capitales.

Unos delitos que, ya en sede judicial, ambos negaron. Según testificaron ante el juez, los ingresos provenían de otras vías, todas ellas, eso sí, 'en negro'. Una de esas fuentes de ingresos, según aseguró la acusada, era el ejercicio de la prostitución por su cuenta, que se compensaba con otras labores, como el cuidado de niños o la limpieza, así como por el subarriendo por habitaciones de un piso en la ciudad.

Dicha vivienda era precisamente donde las otras mujeres ejercían la prostitución, pero lo hacían, según aseguraron los acusados, por su cuenta y riesgo, sin que en ningún momento hubiera coacciones o control por su parte, tal y como afirmaban la denunciante y el resto de testigos.

Petición de 20 años de prisión

Habida cuenta de todo lo anterior, y a pesar de que la Fiscalía solicitaba penas de prisión de 20 años para cada uno de los acusados, los magistrados de la Audiencia Provincial decidieron absolver a ambos, ya que según planteaban en la sentencia, «no ha quedado acreditado» de manera fehaciente que los acusados fueran los responsables del negocio en el piso.

Esa circunstancia obligó al tribunal a aplicar la doctrina 'in dubio pro reo', que reza que si no existen pruebas fehacientes se debe mantener la presunción de inocencia sobre el acusado.

Una doctrina a la que ahora se ha sujetado también el fallo del TSJ, que tras estudiar el recurso interpuesto por la Fiscalía ha asumido en su práctica totalidad el criterio inicial de la Audiencia Provincial. En este sentido, dice la sentencia, «el Tribunal ha sopesado y valorado todos los medios de prueba practicados, y llega a la conclusión de que no pueden entenderse cometidos lo delitos imputados» y que el criterio de la Fiscalía «se considera desproporcionado a la vista de la grave penalidad que se prevé para cada uno de estos delitos».

Por todo ello, el TSJ ha desestimado el recurso de la Fiscalía y ha ratificado íntegramente el fallo inicial de la Audiencia Provincial mediante el que se absolvía a los dos acusados de todos los delitos que se les imputaba.

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