Ratifican la condena de tres años y ocho meses para un hombre por agredir con una navaja a otro en Burgos
El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso planteado por el condenado, aunque reduce la pena impuesta a su compañera sentimental, involucrada en la reyerta
La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) acaba de ratificar la sentencia emitida semanas atrás por la Audiencia Provincial de Burgos mediante la que se condena a tres años de prisión a un hombre acusado de agredir con un arma blanca a otro en plena calle. Eso sí, el fallo del TSJCyL también rebaja la pena impuesta a la pareja sentimental del condenado, involucrada en menor grado en la reyerta.
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Los hechos enjuiciados se remontan al 26 de agosto de 2022. Aquel día, a plena luz del sol, una pareja inició una discusión con otro hombre en el parque Doctor Vara que acabó escalando hasta que, en un momento dado, el acusado propinó una decena de puñaladas con un arma blanca de pequeñas dimensiones a la víctima, según quedó ratificado en el juicio.
El herido fue trasladado posteriormente al Hospital Universitario de Burgos, donde fue intervenido de urgencia con varias heridas en diferentes partes de su cuerpo, mientras que la pareja huía del lugar. Sin embargo, días después, la Policía Nacional consiguió identificar y localizar a ambos, que fueron detenidos. El varón, que tenía ya antecedentes, ofreció mucha resistencia a su arresto, realizado en plena Plaza Mayor.
Tras tomar declaración, ambos fueron ingresados en prisión provisional a la espera de juicio. En la vista oral, el Ministerio Fiscal solicitaba penas de entre siete y nueve años de prisión al entender que ambos eran autores, en distinto grado de participación, de un delito de homicidio en grado de tentativa.
Delito de lesiones
Sin embargo, la Audiencia Provincial rechazó tal extremo y acabó condenando al hombre a tres años de prisión como autor de un delito de lesiones con instrumento peligroso, a los que se añadieron ocho meses de prisión por resistencia a la autoridad. Por su parte, la mujer fue condenada en primera instancia a dos años de prisión por su participación en el delito de lesiones.
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Vista la sentencia de la Audiencia Provincial, ambos acusados decidieron presentar recurso, alegando fallos en la prueba practicada y atenuantes por alcoholismo. Un recurso que, finalmente, el TSJCyL ha admitido solo en la parte dispositiva circunscrita a la mujer, que finalmente ha sido condenada a dos meses de multa con una cuota diaria de 6 euros por un delito leve de maltrato y exonerada del pago de la indemnización aprobada por parte de la Audiencia Provincial.
Dicha indemnización deberá ser sufragada de manera íntegra por el otro acusado, cuya pena permanece invariable después de que el TSJCyL desestimara su recurso particular.
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