Borrar
Concentración de empleados de Lindorff, durante el proceso de negociación del ERE. ALBERTO MINGUEZA
La Audiencia Nacional da por bueno el ERE de Lindorff con 314 despidos, 92 en Valladolid

La Audiencia Nacional da por bueno el ERE de Lindorff con 314 despidos, 92 en Valladolid

La mayoría de la Sala considera acreditada la extinción contractual por la bajada de facturación al caer la morosidad financiera

Jorge Moreno

VALLADOLID

Lunes, 24 de septiembre 2018

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contra el expediente de extinción de contratos en la empresa Lindorff, al que se opuso el sindicato CGT, y que fue acordado entre la dirección de la compañía de recobro de deudas y los sindicatos Comisiones Obreras y UGT. La decisión judicial avala el ERE aplicable a 314 trabajadores de toda España, de los cuales 92 estaban asignados en el centro de La Cistérniga.

Un respaldo que no ha sido unánime entre los tres magistrados de la Sala de Social, ya que la jueza Emilia Ruiz-Jarabo ha presentado un voto particular en el que cuestiona los despidos por «haber seleccionado de manera artificiosa a las empresas» afectadas, que se presentan como grupo laboral. Pese a ello, la aceptación del ERE sale adelante a la espera de si la CGT presenta o no recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En los hechos probados en la sentencia de más de 140 páginas, los otros dos jueces, Ricardo Bodas (ponente) y Ramón Gallo consideran acreditadas las dificultades productivas y organizativas por este despido en Lindorff, Aktua Soluciones Financieras y Aktua Soluciones Inmobiliarias, las tres mercantiles dedicadas a cobrar deudas de préstamos personales y a dar salida a los activos tóxicos de entidades bancarias.

Alegaciones

Las empresas alegaron, tras su fusión el pasado año con la sueca Intrum Justitia, que tenían una plantilla sobredimensionada y que la actividad de recobros había caído por la reducción de la morosidad en la cartera de sus clientes en 2017, entre los que se encuentran Banco Santander (–38%), Sabadell (–15%), BMN(–9,6%), BBVA (–14%), Bankinter (–4%), o Ibercaja (–5%).

«Se ha probado que el mercado en el que trabaja Lindorff-Aktua se amplía y es más rentable, cuando se produce una crisis económica, y se reduce cuando mejora la situación, lo que provoca además una reducción de precios, así como un incremento geométrico de la competencia entre las empresas del sector, quienes abaratan sus ofertas para hacerlas más competitivas», se recoge en la sentencia, que añade además que entre el 2008 a 2017 el número de entidades financieras en España ha pasado de 62 a 11.

Para dar por válido el acuerdo que suscribieron los dos sindicatos mayoritarios y la dirección de Lindorff y Aktua, los magistrados señalan con la documentación aportada que «las previsiones para el ejercicio de 2018 se presentan muy negativas en tanto se va a producir objetivamente una reducción de los ingresos del 15,1%, equivalentes a unos 20,1 millones de euros, debido a la reducción de morosos de los principales clientes del grupo».

Negocio inmobiliario

También recuerda el fallo que el negocio inmobiliario de recobro ha caído un 33% (–24,5 millones) entre 2017 y 2018, por la pérdida de contratos como el de Banca Mare Nostrum (BMN), que se conoció al comienzo de la negociación del ERE.

La Audiencia Nacional considera que no tratándose de un despido colectivo por causas económicas no era necesario aportar las cuentas provisionales del ejercicio 2017, y por lo tanto sostiene que los representantes sindicales han contado con información suficiente para este ERE, una circunstancia que la magistrada Emilia Ruiz-Jarabo cuestiona dando la razón a la Confederación Nacional del Trabajo (CGT), que solicitó la nulidad del mismo.

Contrariamente a lo que sostuvo este sindicato, los dos magistrados no detectan mala fe negociadora de las tres empresas, ya que además de facilitar documentación a los representantes de los trabajadores, ha aceptado el criterio de voluntariedad en las salidas, lo que constituye «una concesión generosa» por parte de las demandadas.

La dirección aceptó, a propuesta de UGT, que del total de 314 despidos, el 50% fueran voluntarios, lo que a juicio de la Audiencia Nacional «contribuye a suavizar los efectos del despido».

En el caso del centro de La Cistérniga, se ha superado más de la mitad de los 92 despidos, por lo que de haberse revocado el acuerdo los trabajadores que salieron deberían de devolver las indemnizaciones percibidas entre abril y junio.

El acuerdo recoge la exclusión de trabajadores desde los 50 a los 58 años, habiéndose admitido la salida para empleados mayores de 59 años como paso hacía su jubilación. Por último, se da por válido el acuerdo de elevar las cuantías indemnizatorias que pasaron de 26 días y 16 mensualidades, a 36 y con un tope de 24 meses. Además el acuerdo contempla un suelo indemnizatorio, de entre 2.000 y 3.000 euros para los despedidos con menor antigüedad.

Con estas premisas, los dos jueces de la Audiencia Nacional consideran que el despido impugnado por CGT, «aseguró verdaderamente los objetivos del periodo de consulta, puesto que redujo, pese a la concurrencia de causas graves, el número de despedidos y alivió las consecuencias para los afectados».

Tras comunicarse este lunes el fallo, desde la dirección de Lindorff se rehusó hacer valoraciones, «respetando la decisión judicial». Por su parte, fuentes de UGT consideran que la sentencia avala un acuerdo menos malo que se suscribió antes del verano, y recuerdan que hasta la fecha se han adherido voluntariamente más de la mitad de los empleados fijados para este reajuste en la plantilla.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios