Borrar
Andrzej Duda, presidente polaco. Reuters
La justicia de la UE tumba la reforma del Supremo polaco por «violar la independencia judicial»

La justicia de la UE tumba la reforma del Supremo polaco por «violar la independencia judicial»

Rechaza la ley que forzaba la jubilación de los jueces a los 65 años y daba al jefe de Estado la prerrogativa para prolongar su actividad

salvador arroyo

Lunes, 24 de junio 2019, 18:23

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

A Andrzej Duda le ha salido mal la jugada. El jefe del Estado polaco, que pretendía tomar el control del Tribunal Supremo de su país con una controvertida reforma judicial que reducía la edad de jubilación (de 70 a 65 años) de los magistrados y le otorgaba a él pleno poder para decidir si podían seguir o no en activo, se ha encontrado con un 'no' rotundo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) le desautoriza por servirse de una herramienta de purga que «viola los principios de inamovilidad del juez y de independencia judicial».

La sentencia que se ha dado a conocer este lunes resuelve el último choque frontal entre Bruselas y Varsovia. Y lo hace en favor de la primera al dar la razón a la Comisión Europea, que el 2 de octubre del pasado año denunció esta reforma bajo el argumento que este lunes sustenta la resolución de la Curia, que «socava el principio de independencia judicial» advirtiendo además de que tenía un importante impacto en la composición del máximo órgano de la justicia en aquel país. Porque perjudicaba directamente a 27 de sus 72 jueces, incluida la propia presidenta de la sala, Malgorzata Gersdorf, que veía recortado un mandato constitucional de seis años.

El Gobierno, de hecho, tuvo que echar el freno. La ley permanecía bloqueada desde el 19 de octubre, cuando la española Rosario Silva de Lapuerta, vicepresidenta del TJUE, obligaba a «suspenderla inmediatamente» y restablecer los derechos de los magistrados afectados como medida cautelar. Ese fue el primer movimiento del TJUE que apuntaba en la dirección que se ha confirmado este lunes.

Pero no el único, hace escasamente un mes, uno de los abogados generales de la Curia recomendaba directamente al pleno que fallase en contra del Gobierno polaco y atendiese la denuncia de la Comisión. En este tiempo, Duda ha advertido que el Ejecutivo comunitario había ido «demasiado lejos» al denunciar su reforma e, incluso, se ha referido a esa iniciativa como «prácticas que son peligrosas para la soberanía de los países de la UE».

«La medida de reducción de la edad de jubilación a los jueces del Tribunal Supremo en ejercicio no está justificada por un objetivo legítimo y viola el principio de inamovilidad del juez, inherente a su independencia», subraya la sentencia, que desestima la alegación presentada por Varsovia en el sentido de que su objetivo «era armonizar esta edad –los 65 años– con la edad general de jubilación aplicable al conjunto de los trabajadores de Polonia». La Sala de Luxemburgo es especialmente crítica con el procedimiento que se establece para que los jueces puedan prorrogar su actividad.

El hecho de que la decisión final quede supeditada a la discreción del presidente de la República chirría desde la misma redacción. Porque la continuidad o no de un juez en el puesto, al final, «no está en sí sometida a ningún criterio objetivo y verificable y no debe estar motivada», aunque la ley si contempla la posibilidad de que el Consejo Nacional del Poder Judicial eleve un dictamen antes de que este tome una decisión. El jefe de Estado se arrogaba además la posibilidad de conceder dos prórrogas, de tres años cada una, entre los 65 y los 71 años de edad, en el caso de la presidencia del Tribunal Supremo. Una facultad que suscita «dudas legítimas» sobre la impermeabilidad de los jueces afectados «frente a elementos externos» y sobre su neutralidad con respecto a los «intereses contrapuestos» en los litigios.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios