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Miguel López. EFE

Confirma la absolución de Miguel López por el asesinato de la viuda del expresidente de la CAM

El Tribunal Superior valenciano ha desestimado los recursos de la acusación particular y la Fiscalía contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante

EFE

Alicante

Viernes, 13 de marzo 2020, 16:43

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la absolución del único acusado de matar a la viuda del expresidente de la extinta Caja Mediterráneo (CAM), María del Carmen Martínez, al desestimar los recursos de la fiscalía y la acusación particular. Según el TSJCV, la Sala de lo Civil y lo Penal del alto tribunal valenciano ha desestimado los recursos de apelación contra la libertad del único acusado, el yerno de la víctima Miguel López, por el asesinato de su suegra en el concesionario de coches que él regentaba en diciembre de 2016.

En sus recursos, el fiscal, José Llor, y el abogado Francisco Ruiz Marco de la acusación particular que ejerce el primogénito de la fallecida, Vicente Sala Martínez, habían pedido repetir el juicio con jurado popular porque, en su opinión, la magistrada que presidió la vista oral, Francisca Bru, «influyó» en los jurados para cambiar de un veredicto inicial de culpabilidad por otro de inocencia.

María del Carmen Martínez falleció el 9 de diciembre de 2016 tras recibir dos disparos en la cabeza cuando se encontraba en el concesionario de vehículos propiedad de la familia que entonces regentaba el acusado, para quien durante el juicio se pedían 24 años de cárcel. A los ocho días del inicio de las deliberaciones, el jurado popular emitió un veredicto de no culpabilidad para Miguel López, por 7 votos contra 2.

Ese veredicto fue en realidad el segundo emitido por el jurado, ya que el primero fue devuelto por la magistrada Bru por falta de fundamentación de las preguntas objeto de veredicto. El jurado concluyó en su veredicto definitivo que se carecía de evidencias directas para incriminar a López (que durante el juicio se acogió a su derecho a no declarar), ya que no se hallaron restos de ADN y nadie le vio en el lavadero del concesionario de vehículos que regentaba él mismo cuando se produjo el asesinato.

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