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Imagen de archivo, en la que familiares, amigos y compañeros de José Couso pedían justicia ante el Consejo General del Poder Judicial. EFE
El Constitucional cierra la investigación por la muerte de José Couso

El Constitucional cierra la investigación por la muerte de José Couso

Rechaza los recursos contra el archivo de la causa de los familiares del cámara de televisión, fallecido en abril de 2003 en Bagdad, frente a las limitaciones a la justicia universal

Miércoles, 26 de junio 2019, 13:27

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El Tribunal Constitucional ha cerrado la investigación de la muerte del cámara de televisión José Couso, en 2003, mientras grababa las imágenes la ofensiva estadounidense sobre Bagdad (Irak). La corte de garantías desestima los recursos de amparo interpuestos por los familiares del reportero y por la Asociación Libre de Abogados, en contra de las resoluciones judiciales que acordaron el sobreseimiento del procedimiento penal que investigaba las circunstancias que rodearon la muerte del periodista.

José Couso falleció el 8 de abril de 2003 cuando grababa para Telecinco, desde un balcón del hotel Palestina de Bagdad, la entrada de los carros de combate estadounidenses en la ciudad. Pese a que el hotel era conocido por el contingente internacional por ser el alojamiento de los medios de comunicación extranjeros, uno de los carros de combate de Estados Unidos disparó un proyectil de 120 mm contra el balcón en el que se encontraba el reportero español. Pese a la rápida intervención de los periodistas para evacuar al herido, Couso falleció en un hospital de la capital iraquí.

En la causa abierta en la Audiencia Nacional, el juez central de Instrucción número 1 ordenó la busqueda y captura de tres militares estadounidenses, un teniente coronel, un capitán y un sargento, que habían ordenado, autorizado y ejecutado el disparo. El mismo magistrado procesó en abril de 2007 a estos militares por un delito contra la comunidad internacional y ataque a personal civil. Ante estas decisiones, la Fiscalía planteó recursos en contra por falta de jurisdicción de los tribunales españoles e insuficiencia de indicios para procesarlos. Finalmente, la Sala de lo Penal de la Audiencia dejó sin efecto tanto el procesamiento como las ordenes de detención.

Sin embargo, el Juzgado Central de Instrucción número 1 continuó investigando las circunstancias de la muerte de José Couso y en mayo de 2009 volvió a procesar a los mismos militares estadounidenses por los mismos delitos. En esta ocasión la Sala de lo Penal ordenó cerrar el caso. Ante ello, las acusaciones recurrieron a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que en 2010 ordenó reabrir el caso para concluir las investigaciones que habían quedado pendientes.

Otra vez abierta

En octubre de 2011, el juez central de Instrucción número 1 procesa por tecera vez a los mismos militares norteamericanos por un delito contra la comunidad internacional en concurso con un delito de homicidio. En marzo de 2015, el magistrado concluyó el caso y trasladó el sumario a la Sala Tercera de lo Penal de la Audiencia, dados los cambios recogidos en la ley del Poder Judicial de 2014 -que delimitan la justicia universal-, ordenó el sobreseimiento de la causa. La Audiencia Nacional rechazó promover entonces un recurso de inconstitucionalidad tal como reclamaban las acusaciones. Unas decisiones avaladas por el Supremo.

Según explica el Tribunal Constitucional, la ley del Poder Judicial establece como requisito para que los tribunales españoles puedan perseguir a los responsables de delitos contra las personas y bienes protegidos en un conflicto armado fuera del territorio nacional, «que el procedimiento se dirija contra un español o contra un ciudadano extranjero que resida habitualmente en España o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas». Lo que no ocurre en el caso de los tres militares estadounidenses.

De esta manera, la corte de garantías considera ajustado a lo recogido en la Constitución y determina que ante la reforma de la ley del Poder Judicial no procede aplicar la retroactividad para perseguir a los militares que fueron encausados. De esta manera, el Constitucional estma que lo decidido por los tribunales en el 'caso Couso' «no vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva», ni «el derecho a un proceso con todas las garantías». También considera que tampoco se vulnera los preceptos recogidos en el Convenio de Viena, de 1949, sobre la protección debida a los civiles en tiempos de guerra.

Perseguir a los criminales

La familia Couso señala en un comunicado que con la sentencia del Tribunal Constitucional «se da un paso más para dificultar la posibilidad de sentar en el banquillo de los acusados a quienes dispararon contra José ya que no se cuestiona si fue o no un crimen de guerra sino que impide siquiera investigar si lo fue», informa EFE.

«La impunidad que el Tribunal Constitucional consiente supone un claro posicionamiento contra la persecución de crímenes contra la humanidad y sitúa a España en una posición de encubrimiento de los mismos», añade.

Por ello reclama que se modifique la normativa «que impide que los criminales de guerra sean perseguidos en España».

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