El TSJ desestima sendos recursos a dos condenas por tráfico de drogas en Burgos
La Audiencia Provincial condenó, en el primer caso a un varón a ocho años por traficar con 942 gramos de cocaína y en el segundo cuando el hombre vendía una dosis a otro consumidor
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, (TSJ) de Castilla y León ha ratificado dos sentencias de la Audiencia Provincia de Burgos relacionadas con delitos contra la salud pública. En una de las sentencias se condena a un hombre a ocho años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 390.000 euros y costas procesales por tráfico de drogas. El TSJ ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa de condenado por tráfico de drogas.
Y en la segunda, se condena a otro varón a un año y nueve meses de prisión como responsable, en grado de consumación, de un delito de tráfico de drogas. Y se le deniega en vía penal la sustitución de la pena privativa de libertad por su expulsión del territorio español, al ser de nacionalidad colombiana.
En el primero de los casos, el hombre fue interceptado en un hotel de la ciudad después de desplazarse desde la localidad guipuzcoana de Andoaín. En. el interior de su vehículo, llevaba cocaína con un peso neto de 942,200 gramos y una pureza del 81,1%, lo que, en el mercado ilícito, según tasación pericial, alcanzaría el valor de 98.097,87 euros. Tenía como finalidad ser destinada al consumo de terceras personas.
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En el segundo de los casos, el hombre fue por la Policía cuando se encontraba apostado en una perfumería de Burgos hablando por teléfono. Ante ello, y como quiera que el acusado era conocido por la dotación actuante -ya que había estado detenido en otras ocasiones por delitos relacionados contra la salud pública. Los agentes que se acercaron a él vieron cómo se acercaba otro varón que le entregó un billete de 20 euros y éste, a cambio, le hizo entrega de una pequeña bolsita azul, o pollo de cocaína, a cambio de 20 euros.
Al percatarse de la presencia policial, el comprador tiró al suelo la bolsita azul y, por su parte, el acusado cerró el puño escondiendo un billete de 20 euros que le acababa de entregar aquel, y al que se procedió a identificar por ser el comprador, que reconoció a los actuantes que había comprado la sustancia al acusado por ser consumidor.
En el primero de los casos, el hombre tenía un historial delictivo con dos condenas, una en Francia y otra en Burgos.
Contra las dos resoluciones se interpusieron los pertinentes recursos de apelación que han sido desestimadas. En ambos casos cabe la interposición de un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
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