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Cómo es un control de alcoholemia y las tasas que no debes superar

Cómo es un control de alcoholemia y las tasas que no debes superar

Para una medición precisa se utilizan dos tipos de alcoholímetros con distintas sensibilidades: uno que detecta la presencia de alcohol y otro que confirma el primer resultado y precisa la cantidad exacta de alcohol en aire espirado

S. M.

Madrid

Viernes, 7 de mayo 2021, 01:09

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En 2019 (último año del que hay estadísticas consolidadas), uno de cada cuatro accidentes mortales en carretera fue por el alcohol, la segunda causa de siniestro solo por detrás de las distracciones. Ese año, uno de cada tres conductores fallecidos en siniestros viales había consumido alcohol u otras drogas. Por ello se realizan controles que, entre los distintos, el preventivo es el más habitual. Cuando los agentes de la Agrupación de tráfico de la Guardia Civil (AGTC), formados específicamente para la detección de drogas, detectan síntomas de conducción alterada en un conductor, le realizan la prueba y le informan sobre el procedimiento y las posibles consecuencias de un positivo y de negarse a realizar la prueba. Habitualmente, en primer lugar se suele realizar la de alcoholemia.

«Después de 40 años realizado pruebas de alcohol, estamos más concienciados de que beber alcohol es incompatible con la conducción segura. Con el aumento progresivo del control del consumo de drogas en los conductores pretendemos conseguir el mismo objetivo», apunta Julio Pérez, especialista en Drogodependencias del Observatorio Nacional de Seguridad Vial de la DGT.

Para una medición precisa de la alcoholemia, se utilizan dos tipos de alcoholímetros con distintas sensibilidades: uno de aproximación o indiciario, que detecta la presencia de alcohol; y otro evidencial, que confirma el primer resultado y precisa la cantidad exacta de alcohol en aire espirado. Su funcionamiento debe estar siempre certificado por el Instituto Nacional de Metrología.

De hecho, uno de los objetivos estratégicos recogidos en la Agenda 2030 es «reducir a la mitad el número de lesiones y fallecidos en siniestros viales también relacionados con el consumo de alcohol, así como los relacionados con sustancias psicoactivas», manifiesta Paula Márquez, subdirectora adjunta del Observatorio Nacional de Seguridad Vial de la DGT. «El alcohol es la droga que da mayor número de positivos. Sigue siendo la causa principal de la conducción alterada», añade.

Cuando la alcoholemia es negativa, el conductor puede continuar la marcha. Pero también puede ser sometido a control de drogas si presenta síntomas: «Las drogas depresoras producen cansancio, apatía, enrojecimiento de ojos, y una forma de hablar pastosa. Cuanto más consumo, más afectan al equilibrio y la coordinación. En cambio, las sustancias como la cocaína activan, producen un comportamiento nervioso y el habla se embarulla», explica Juan Carlos Hernández, sargento de la AGTC. «Si están muy afectados por las drogas puede ser sancionados por vía judicial, pero la mayoría de las sanciones son administrativas», añade.

DGT

Así, los test de drogas se realizan sobre una muestra de saliva del conductor y detectan cinco tipos distintos de droga, siendo el cannabis y la cocaína las más frecuentes. Cuando el test en carretera confirma la presencia de drogas, es necesaria una prueba de confirmación en un laboratorio. «Hay menos concienciación sobre el perjuicio que producen las drogas. Muchos conductores piensan que, aunque consuman, no les impide conducir seguros», asegura Hernández.

Tasas y sanciones, según la DGT

La ley de Seguridad Vial establece las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores (0,25 gm/l en aire y 0,5 g/l en sangre), así como la prohibición total de conducir con presencia de drogas en el organismo. Cuando un conductor supera estos límites en un control, hay infracción administrativa y se aplican estas sanciones (multa y pérdida de puntos):

ALCOHOL

• 0,25-0,50 mg/l -> 500 € y 4 puntos.

• + 0,5 mg/l -> 1.000 € y 6 puntos.

• Reincidentes -> 1.000 € y 4 ó 6 puntos según la tasa.

DROGAS

• Presencia de estupefacientes -> 1.000€ y 6 puntos.

Pero en los casos más graves, conducir con alcoholemia positiva o bajo la influencia de drogas, al igual que negarse a hacer la prueba, pueden constituir delitos contra la seguridad del tráfico con penas de prisión de hasta seis meses y de privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

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