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Juicio contra los dos guardias civiles por los supuestos sucesos en Carrizo de la Ribera (León). A. C.
Absueltos los guardias civiles acusados de poner balas en la boca a los clientes de un bar al son del 'Cara al Sol'

Absueltos los guardias civiles acusados de poner balas en la boca a los clientes de un bar al son del 'Cara al Sol'

Una juez de lo Penal de León entiende que no existen pruebas suficientes de la autoría de los hechos

A. C.

León

Martes, 15 de octubre 2019, 16:29

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Los dos guardias civiles que presuntamente protagonizaron un altercado en un bar de la localidad leonesa de Carrizo de la Ribera han sido absueltos por el Juzgado de lo Penal número 1 de León, al entender que no existe«prueba suficiente de la autoría de los acusados». Los agentes fueron acusados de obligar a los clientes de ponerse balas en la boca mientras hacían sonar el 'Cara al Sol', hechos por los que la Fiscalía solicitaba una pena de dos años de carcel.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, la juez les absuelve en virtud de la presunción de inocencia, después de que durante el juicio no se haya acreditado los hechos con la «virtualidad probatoria». La magistrada entiende que no queda acreditado que los dos números del instituto armado, haciendo ostentación de su condición de agentes de la Guardia Civil, accediesen al bar 'El Rincón' en la madrugada del 11 de septiembre de 2013 y dijesen que mandaban ellos, obligando a los presentes a fumar y a apagar sus teléfonos móviles.

Asimismo, no ve probado los agentes bajasen el cierre metálico del local advirtiendo de que de allí no se movía nadie, ni que pasaran al interior de la barra y se sirvieran bebidas alcohólicas poniendo música en el ordenador, entre otros temas el 'Cara al Sol'.

Por último, la jueza niega que esté acreditado que los guardias sacasen sus armas reglamentarias y sus cargadores, para obligar a los clientes a introducirse balas en la boca y en las bebidas que consumía, así como que uno de ellos intentase abrazar y besar a la propietaria del bar diciéndola «eres mía». De esta forma, la magistrada rechaza la petición de cárcel de la Fiscalía y acuerda la libre absolución de los dos guardias, que permanecían en baja psicológica por estos hechos desde el 2014.

Venganza personal

Durante su declaración ante la jueza, los acusados negaron los hechos y advirtieron que la denuncia era fruto de una venganza personal, de rencores personales, señalando directamente al sargento con el que mantenían una mala relación. Es más, aseguraron que el suboficial quería «que nos expedientaran para librarse de nosotros, pero se le fue de las manos». Ambos acusados reconocieron haber estado esa noche en el local, informando a la propietaria de la posible sanción por fumar en el interior dado el fuerte olor a tabaco.

Posteriormente, abandonaron el local y siguieron con su turno. Por todo ello, los dos guardias no podrían explicar el por qué la propietaria del local cursó un año después de los presuntos hechos la denuncia y se muestraron convencidos de que fue «la baza que jugó» cuando iba a ser denunciada por una negligencia con la terraza.

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