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El expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, tras ser arrestado en Italia en septiembre. afp

La justicia europea rechaza devolver la inmunidad a Puigdemont

Sostiene que no hubo «perjuicio grave e irreparable» al ser detenido en Italia porque la euroorden sigue suspendida

salvador arroyo

Corresponsal en Bruselas

Viernes, 26 de noviembre 2021, 12:30

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La justicia europea no devuelve la inmunidad como eurodiputado a Carles Puigdemont. La petición de medidas cautelares que solicitó el equipo jurídico del expresident catalán tras su arresto el pasado 23 de septiembre en el aeropuerto de Alg uer (Cerdeña), en cumplimiento de la orden de detención europea dirigida contra él, ha sido desestimado por el Tribunal General de la UE por entender que las euroórdenes contra él y los exconsellers Clara Ponsatí y Toni Comín, continúan a efectos prácticos en suspenso.

«El proceso penal de que se trata está suspendido hasta que el Tribunal de Justicia se pronuncie» sobre la cuestión perjudicial que presentó el Tribunal Supremo después de que la justicia belga fallase en contra de la extradición del que fuera también miembro del Govern, Lluís Puig. «El órgano jurisdiccional español estaba por lo demás al corriente de ese efecto suspensivo», se asegura en el escrito del vicepresidente de esta sala de primera instancia de Luxemburgo. Aunque en su momento el Supremo aseguró que no las euroordenes no estaban en ningún caso desactivadas.

En definitiva, que pese a la detención en Cerdeña, y pese al mensaje de vigencia de la orden de arresto europeo que mantiene el Supremo, la justicia europea entiende que nada cambia. Porque todo el proceso pende de la respuesta a esa cuestión prejudicial. Es más, el vicepresidente del Tribunal General, que firma este nueva resolución, sostiene que «lejos de demostrar la existencia de un perjuicio grave e irreparable», la sucesión de hechos en Italia confirmaría lo contrario.

Se recuerda así que Puigdemont fue puesto en libertad al día siguiente de su detención, en base «expresamente« a las consideraciones «que figuran en el primer auto de medidas provisionales y suspensión del procedimiento de ejecución de la orden de detención europea». Una circunstancia que viene a confirmar que las autoridades judiciales «no tienen intención de ejecutar las órdenes de detención europeas» dirigidas contra los tres eurodiputados antes de que el Tribunal de Justicia se pronuncie. Por tanto, apostilla, «no corren el riesgo de ser entregados a las autoridades españolas en esta fase» del procedimiento.

El vicepresidente del Tribunal General también llama la atención del Tribunal Supremo al asegurar que «en virtud del principio de cooperación leal» las autoridades nacionales deben tener en cuenta la suspensión del proceso penal y de la ejecución de las órdenes de detención europeas dirigidas contra Puigdemont, Comín y Ponsatí.

Aunque considera como elemento de simple conjetura lo argumentado por sus abogados; «la premisa de que algunas autoridades nacionales competentes podrían no extraer todas las consecuencias del planteamiento de la petición de decisión prejudicial». Esa idea «no puede ser sino hipotética, y no puede servir de fundamento a la declaración de la existencia de un perjuicio grave e irreparable», se remarca en el fallo de este viernes.

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