La Fiscalía deberá examinar 79 actas de constitución de mesas electorales ante la sospecha de delito por incomparecencia de los miembros
La Junta Electoral de Burgos ha detectado incidencias que podrían ser constitutivas de un delito electoral con motivo de los comicios del pasado 10 de noviembre
Intentar librarse de formar parte de una mesa electoral el pasado 10 de noviembre mediante la técnica de la incomparecencia puede costarle a algún burgalés un buen disgusto. La Junta Electoral de Burgos ha remitido a la Fisalía una relación de «incidencias» detectadas en 79 actas de constitución de mesas electorales para la última convocatoria de elecciones generales.
Se trata de incidencias relativas a incomparecencia de los miembros elegidos para forma parte de las mesas, que ahora tendrán que investigarse a fin de determinar si los hechos pudieran ser constitutivos de un delito electoral. Y es que faltar o ausentarse sin motivo ni causa justificada incumple la Ley Electoral (Loreg), que en su artículo 143 define claramente qué puede ocurrir si se evade la obligación democrática.
Tanto para los casos de presidente y vocales de las mesas elecotrales, como para sus suplentes, si no acuden a la constitución de la mesa a la abandonan sin causa justificada o legítima (dentro de los supuestos recogidos por la propia ley), se incurriá en un delito electoral con una pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a veinticuatro meses.