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Juicio contra María Eugenia Yagüe, hija del general franquista Juan Yagüe en Soria. Ical
La fiscalía condena a María Eugenia Yagüe a pagar 900 euros por un delito de desobediencia a la autoridad judicial
Soria

La fiscalía condena a María Eugenia Yagüe a pagar 900 euros por un delito de desobediencia a la autoridad judicial

En su condición de presidenta de la Fundación Yagüe está obligada a aportar los datos personales de todos sus socios y no ha respondido a ninguno de los requerimientos

Jueves, 29 de noviembre 2018, 18:00

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El ministerio Fiscal condena a la presidenta de la Fundación Yagüe, María Eugenia Yagüe Martínez del Campo a seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros como autora  de  un  delito  de desobediencia  a  la  Autoridad  Judicial. En caso de impago, se la privará de libertad por cada dos cuotas que no pague; igualmente se la condena  al  pago  de  las  costas  causadas  en  el procedimiento.

La Fiscalía de Soria solicitaba ocho meses de cárcel para la hija del general franquista Juan Yagüe por un delito de desobediencia a la autoridad judicial previsto y penado en el artículo 556.1 del Código Penal. El fiscal denuncia que María Eugenia Yagüe, en su condición de presidenta de la Fundación que lleva su nombre, está obligada a aportar los datos personales de todos los socios de dicha entidad, así como de sus patronos y benefactores, como lo explica un requerimiento que data ya de febrero de 2017.

Se le advirtió de la adopción de medidas coercitivas si persistía en su actitud de no proporcionar la información requerida por el Juzgado de El Burgo de Osma y que se enfrentaría a un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad judicial. No obstante, la acusada no aportó la información requerida.

Además, en la página web de la Fundación María Eugenia Yagüe Martínez de Campo se enuncia el nombre de los 21 patronos de la misma, entre los que se encuentran abogados, empresarios, historiadores, economistas, militares, registradores de la propiedad, arquitectos, administrativos y amas de casa y catequistas, tal y como se informa en la web, donde se recogen también los estatutos de la Fundación, en los que figura que los patronos desempeñarán sus funciones durante cuatro años, pudiendo ser reelegidos, con la excepción de la presidenta fundadora, que es un cargo vitalicio.

Contra el fallo  cabe  recurso  de  apelación ante  la  Audiencia  Provincial  de  Soria,  que  se interpondrá en el plazo de diez días, a contar desde su notificación.

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