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Adolescentes homicidas: pocos casos pero muy sensibles

Adolescentes homicidas: pocos casos pero muy sensibles

De los 300 asesinatos anuales de España, en poco más del 2% hay menores de edad involucrados, pero el impacto social reabre el debate sobre su tratamiento penal

efe

Madrid

Lunes, 22 de enero 2018, 17:21

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De los alrededor de 300 asesinatos que se registran anualmente en España, en poco más del 2% hay menores involucrados, aunque el impacto social de estos casos, como el último de dos ancianos en Bilbao, suele reabrir el debate sobre el tratamiento penal para los delitos más graves cometidos por delincuentes menores.

A la espera de la publicación del balance de criminalidad correspondiente a 2017, las últimas estadísticas disponibles del Ministerio del Interior hablan de ocho menores detenidos por homicidio doloso o asesinato en 2016 y veintisiete más en grado de tentativa.

Estos datos suponen un 2,4% de los 327 arrestos practicados en relación con los 292 muertes violentas registradas ese año y suponen una disminución de este tipo de delitos cometidos por menores respecto al año anterior, cuando fueron arrestados 13 adolescentes por asesinatos u homicidios intencionados que llegaron a consumarse, y otros quince lo fueron en grado de tentativa.

En el año 2016, de los ocho menores arrestados por asesinato consumado, siete eran españoles y uno extranjero; seis eran varones y dos, chicas; y la mayoría de las detenciones se produjeron en Andalucía (5), además de Canarias, Comunidad Valenciana y Murcia, con un arresto en cada una de esas tres comunidades.

La Ley de responsabilidad penal del menor establece medidas de internamiento de hasta diez años para los responsables de delitos especialmente graves, aunque solo para aquellos que tengan 16 o 17 años, ya que los de 14 o 15 años solo podrán permanecer internados por un período máximo de seis años.

Estas previsiones máximas de internamiento responden a la reforma legal que entró en vigor en 2007, ya que, de acuerdo con la ley anterior -de 2000- los adolescentes de 14 y 15 solo podían cumplir un máximo de cinco años, y los de 16 y 17, hasta ocho años.

Exentos de responsabilidad

Por debajo de los 14 años, los menores delincuentes están exentos de responsabilidad y no se les podrán aplicar medidas de reinserción, según la Legislación vigente

La legislación también contempla el traslado del delincuente a una prisión de adultos al cumplir los 18 años si el juez así lo decide y de manera automática al cumplir los 21, salvo que el juez se oponga expresamente.

La reforma legal de 2007 introdujo otra novedad para combatir el entonces creciente fenómeno de las bandas juveniles, como fue la posibilidad de imponer a los menores una medida de internamiento de hasta 3 años (para adolescentes de 14 y 15 años) y hasta 6 (para los de 16 y 17) si el delito, aun sin ser grave ni violento, se comete por la pertenencia a una de esas bandas.

Aunque algunas voces -y partidos como el PP- apuntan periódicamente a la necesidad de cambiar la ley para que pueda imputarse a adolescentes de menos de 14 años en casos muy graves, la última Memoria de la Fiscalía pone el foco en un sistema educativo "fallido" como principal responsable de la delincuencia juvenil, la violencia machista entre los adolescentes, el acoso escolar y las agresiones en el seno familiar.

En ese informe, correspondiente a los delitos cometidos en 2016, el Ministerio Público alertaba de un "ascenso paulatino" de la violencia machista perpetrada por menores; ese año, 179 menores fueron enjuiciados por delitos contra la mujer, un 10,5 % más que el año anterior, y en un 90,62 % de los casos se impusieron medidas.

En general, los delitos cometidos por menores se mantuvieron estables e incluso disminuyeron las agresiones de hijos a padres y familiares.

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