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El pasado 20 de noviembre se celebró la vista sobre el ERE de Metecno. GIT

Declaran nulo el ERE de Metecno en Miranda

El TSJCyL da la razón al comité de empresa, considerando que los despidos realizados por la empresa no siguieron el cauce legal

Jueves, 5 de diciembre 2024, 06:59

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha declarado nulo el expediente de regulación de empleo (ERE) mediante el que Metecno articuló el despido de cerca de una treintena de trabajadores de su planta de Miranda de Ebro, según informa El Correo.

Semanas atrás, la dirección de la firma, dedicada a la fabricación de paneles metálicos para cubiertas y fachadas, comunicó a la plantilla su intención de aplicar un expediente de extinción de contratos justificado por «causas organizativas y económicas», habida cuenta de las pérdidas acumuladas en los últimos ejercicios.

Unas pérdidas que meses antes ya habían provocado la presentación y aprobación de un expediente de regulación de empleo temporal (ERTE) y que anteriormente ya había servido de justificación para varios despidos.

El TSJCyL obliga a la empresa a restituir el contrato de los trabajadores despedidos

En este caso, la empresa planteaba inicialmente una drástica reducción del 40% de la plantilla de la empresa, lo que se traducía en el despido de 39 trabajadores, una cifra que se redujo finalmente hasta los 31 que se harían efectivos en el plazo de un año. Días después, cerca de una treintena de los trabajadores afectados ya habían recibido la carta de despido.

Un despido que, según denunció en ese momento el comité de empresa, no vino acompañado de aportación económica alguna. No se pagaron ni indemnizaciones ni salarios pendientes desde septiembre porque, según la empresa, «no hay tesorería suficiente» para poder afrontar esos pagos.

No conforme a derecho

Por todo ello, el comité de empresa decidió acudir a los tribunales y presentó una demanda para solicitar la anulación del ERE que finalmente ha sido atendida.

En este sentido, el fallo del tribunal es tajante. «Aún a pesar de que resulta innegable la gravedad de la crisis por la que la empresa atraviesa», los trámites mediante los que se articuló el ERE son «disconformes a derecho», apunta el fallo. Y lo son, entre otras cosas, porque a juicio del tribunal «no cabe acudir a un ERE» mientras está en vigor otro expediente de regulación de empleo, en este caso temporal, como sucede con Metecno, que en ese momento ya venía aplicando medidas de flexibilización a este respecto. O al menos no es posible hacerlo si no se justifica debidamente. Y a juicio del tribunal, esa justificación excepcional no existe.

«Aún considerando que se han acreditado las causas económicas alegadas, dada la clara situación de crisis de la empresa, al menos desde 2029, con pérdidas continuadas y progresivas, asociadas a la carestía de la materia prima, con la consiguiente disminución de pedidos, lo cierto es que la empresa no ha acreditado que esas pérdidas sufrieran una agravación relevante o significativa» desde la aprobación del ERTE inicial, presentado a finales de junio.

Por todo ello, el tribunal ha decidido declarar nulo el ERE y, por tanto, los despidos anunciados, que en su mayoría ya se habían llevado a efecto sin que los trabajadores afectados hubieran recibido indemnización o pago alguno por las nóminas pendientes desde septiembre. A la postre, eso supone la obligación por parte de la empresa a la «reincorporación» de los trabajadores despedidos «a sus puestos de trabajo en las mismas condiciones anteriores.

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