Seis años de prisión para un condenado por agresión sexual en Miranda de Ebro
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León rechaza el recurso del condenado, que alegaba vulneración de la presunción de inocencia y pedía la absolución
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma la condena de seis años de prisión para un hombre sentenciado por agredir sexualmente a su vecina en Miranda de Ebro, en Burgos, además de ratificar las penas impuestas por resistencia a la autoridad y lesiones. La Sala desestima íntegramente el recurso de apelación presentado por la defensa, que alegaba vulneración de la presunción de inocencia, errores en la valoración de la prueba y la indebida no aplicación de una atenuante por embriaguez, según recoge la sentencia del alto tribunal.
Los hechos ocurrieron el 27 de diciembre de 2019 cuando el condenado accedió al domicilio de la víctima, la empujó contra un sillón, intentó mantener relaciones sexuales y llegó a introducirle los dedos en la vagina pese a su negativa. La mujer logró avisar a la Policía y el acusado huyó a su vivienda, donde se resistió a la detención y causó lesiones a un agente, según detalla el fallo.
La Sala considera que existe prueba «válida y suficiente» para desvirtuar la presunción de inocencia, basándose en la declaración «persistente, verosímil y uniforme» de la víctima, el testimonio policial, informes forenses y análisis biológicos. Estos últimos detectaron restos genéticos de la mujer en la mano del acusado, lo que «corrobora la versión de los hechos», según recoge la resolución.
Los magistrados también rechazan la aplicación de la atenuante de embriaguez al no existir indicios de que el consumo de alcohol alterase sus capacidades, subrayando que «las acciones realizadas denotan que era plenamente consciente de sus actos», según consta en el fallo. El tribunal tampoco impone costas de segunda instancia al no apreciar mala fe en el recurso.
Finalmente, la sentencia confirma la condena inicial, que incluye seis años de prisión por agresión sexual, dos penas adicionales de tres meses y un día por resistencia y lesiones, medidas de alejamiento y libertad vigilada, así como indemnizaciones a la víctima y al agente lesionado.