El dominio de las conciencias en Burgos desde la Edad Media
Burgos, como centro neurálgico de la fe, ha tenido muchas imprentas que han sacado la luz tratados sobre la manera de cómo Dios perdona los pecados
El concepto de pecado y de pena va íntimamente unido y la jerarquía eclesial se ha atribuido el papel de intermediaria entre Dios y el pecador para que se reconcilie con el hermano al que se ofende y con la comunidad. Esta parte de la historia, la de la reconciliación con el ofendido y con la comunidad ha quedado totalmente olvidado en los tratados sobre el sacramento de la confesión. Desde antaño, este procedimiento ha pasado por la penitencia pública y posteriormente con la que se conoce confesión auricular.
Por fortuna ya se ha dejado de hablar de la ira de Dios y de las eternas penas y del castigo con el fuego de Satanás para quien muera en pecado mortal. Pero a lo largo de la historia se ha amedrentado y se ha perseguido a las conciencias frágiles de los fieles para dominar al pueblo. Durante siglos, la Iglesia ha ejercido un poder fáctico en el ámbito temporal y en las conciencias de la gente.
La jerarquía y la doctrina se han encargado de atraer almas a través del miedo. Sin ir más lejos. El signo de Sevilla desarrollado entre 1604 y 1609 dice: «El pecador en la penitencia debe considerar que ha ofendido a Dios, que le dio ser y por momentos le hace tantas mercedes, y le tiene la bienaventuranza para si se arrepiente; e infierno para si muere en pecado mortal».
Parece incomprensible esta manipulación, porque Jesús ni instituye la confesión, ni funda la Iglesia, y, sin embargo, se le atribuyen ambas cosas con el fin de darle una pátina divina a una práctica creada para atar a gente sin cultura y fácilmente manipulable.
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En los inicios del cristianismo sólo el bautismo perdonaba los pecados a la persona con Dios y ésta pasaba a formar parte de la comunidad. A mediados del siglo III, San Cipriano hablaba de la posibilidad de una segunda tabla de salvación, para quien tras el bautismo hubiese pecado. José Rodríguez Molina, de la Universidad de Granada habla ya de que en el siglo IV se detecta de forma generalizada «la penitencia pública», acontecimiento solemne y único, impuesto a quien se hubiera manchado con «crímenes particularmente graves».
Tras la penitencia pública aparecen formas penitenciales individuales. De entre todas ellas tendrá éxito definitivo la confesión auricular, con las cinco características que esta debe de tener y que se convierten en los momentos de preparación para la confesión: examen de conciencia, dolor de los pecados, propósito de la enmienda, decir los pecados al confesor y cumplir la penitencia.
Cuarto Concilio de Letrán
Fue en el año 1215 en el Cuarto Concilio de Letrán, cuando se impuso a todos los fieles, la obligación «de una confesión al menos anual». Dice este concilio que cada uno de los fieles, «después de que han llegado a los años de discreción, deben confesar individualmente con toda fidelidad al propio sacerdote, todos sus pecados, al menos una vez al año. De otro modo, durante la vida será apartado de la entrada en la iglesia, y tras la muerte será privado de sepultura cristiana».
Al mismo tiempo, nace el secreto de confesión. Uno de los cánones de ese cuarto concilio dice: «Procure con todo cuidado -el sacerdote- no delatar en lo más mínimo al pecador, ni por palabra, ni por signo, ni por cualquier otro modo... porque quien intentare revelar el pecado que le ha sido manifestado en el juicio de la penitencia, será entregado a hacer penitencia perpetua en un monasterio apartado».
Pecados reservados y anatemas
Tal era el control que las Constituciones Sinodales de Jaén de 1492, obligaban a los parroquianos a confesar con el cura de su parroquia y a éste a llevar un libro «donde anote quién ha cumplido con el precepto y quién no». Y las de Sevilla de 1586 obliga al sacerdote de la parroquia a hacer «padrones de parroquianos no confesados o excomulgados y los enviará al Provisor. Y los no confesados serán nombrados en público y en voz alta».
Se precisan los pecados reservados al obispo como son la excomunión mayor 'a jure vel ab homine'; el juramento hecho en daño del prójimo, el homicidio voluntario, el sacrilegio, el sortilegio, el matrimonio clandestino, las usuras y renuevos y los diezmos retenidos.
¿Es evangélica la confesión?
Es evangélico el perdón. Pero los métodos son invenciones humanas. La jerarquía de la Iglesia universal dice que el sacramento de la confesión fue instituido por Jesús, y que es por derecho divino necesaria para todos los pecadores bautizados. Lo argumenta en que Jesús antes de ascender a los cielos dejó por vicarios suyos en la tierra a los apóstoles, convertidos en sacerdotes y a quienes les dijo «a quienes perdonéis los pecados quedan perdonados y a quienes los retengáis les quedan retenidos». Sin embargo el texto de Juan 20:23 es para muchos exégetas el resultado de la predicación de la buena noticia que trae el perdón de pecados a aquellos que se arrepienten.
Tratados de confesión
La imprenta de Fadrique de Basilea, ubicada en la escalinata que sube desde la plaza de Santa María hasta la iglesia de San Nicolás, fue uno de esos lugares en los que se instaló el misterio durante muchos siglos en Burgos, fundamentalmente en esa época en la que Castilla dominaba el planeta.
Castilla lo dominaba todo. Lo hacía desde el punto de vista económico, cultural y religioso, con una fuerte presencia en las tierras que la Iglesia llamaba de misión. Si de las Indias occidentales se traían riquezas, se exportaba la fe y la cultura. La clerecía tenía muchísimo poder. Y tenía poder sobre las almas. De esta época son los tratados de la confesión, ese sacramento a través del cual dice la iglesia, que Dios perdona los pecados mortales.
En esta imprenta se confeccionaron algunos de los libros más tétricos de la historia, como, por ejemplo, aquellos que buscaban dominar el alma de los fieles. Esta imprenta, por ejemplo, fue la cuna del libro 'El Arte de confesión breve e mucho provechosa assi para el confessor como para el penitente'; es un manual de confesión anónimo y existen dos ejemplares incunables en la Biblioteca Nacional de España, el primero.
Se trata de un manual breve y práctico, escrito para que sirviese de guía de confesiones, los penitentes. Su autor expresaba claramente en el prólogo la intención describir un manual que fuese comprensible. El objetivo del autor consistía al igual que en el tratado sobre las confesiones de Madrigal, que las penitentes leyes en el manual antes de cada confesión.
Uno de los más famosos impresos en la imprenta de Fadrique de Basiela fue el memorial de pecados, un manual de confesiones, escrito por un dominico, Pedro de Covarrubias, hacia 1510. Pedro de Covarrubias fue confesor de la duquesa de Frías, a petición de la cual escribió ese manual. Está compuesto por dos partes, en la primera se presentaban preguntas en torno a los pecados contra los diez mandamientos y en la segunda se indicaban preguntas en torno a los pecados según los estados. En relación con los pecados relacionados con la magia, superstición, Covarrubias, como era habitual, se refería a ellos al tratar de la idolatría pecado contra el primer mandamiento.