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Foto de archivo de un momento en el que las monjas de Belorado acudieron a declarar al juzgado de Briviesca. Ricardo Ordóñez / Ical

La recusación de las monjas cismáticas de Belorado a la jueza, rechazada por la Audiencia

El magistrado de la Audiencia de Burgos, ante el que han comparecido las partes, entiende que la jueza de Briviesca está al frente de un juzgado mixto y ha de entender de casos civiles y penales. Las exmonjas pidieron la recusación de la magistada en el caso del desahucio

Viernes, 4 de julio 2025, 13:08

La jueza de Briviesca seguirá instruyendo la causa por desahucio de las exmonjas de Belorado al desestimar el magistrado de Audiencia el planteamiento de la defensa de las cismáticas que, esta vez, no se han presentado en el juzgado al ser un expediente gubernativo.

El abogado de las exmonjas, Florentino Alaez, ha declarado que van a seguir «adelante con los trámites ordinarios de los procesos pendientes» y seguirán «defendiendo el asunto exactamente igual», ha apuntado al final de la vista. Aláez ha planteado «dos causas» al magistrado de la Audiencia.

Los argumentos de las exmonjas

Por una parte, el abogado de las exreligiosas ha apuntado al juez que el mismo magistrado «no puede instruir unas diligencias penales y luego fallar un proceso penal, pero tampoco un proceso civil, un proceso administrativo cuando tiene por objeto lo mismo que investigó en las diligencias penales».

Y el segundo argumento, «el prejuicio», como consecuencia de los interrogatorios y de la instrucción que la jueza de Briviesca «ha realizado en estas diligencias», pone de manifiesto que la magistrada del Juzgado de la Bureba «ya tiene un prejuicio acerca del fondo del asunto en el juicio». Aláez ha argumentado que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos «es muy riguroso» en estos casos y dice que la «apariencia de imparcialidad es tan importante como la imparcialidad misma».

De esta manera, cualquier sospecha, cualquier signo evidente que pueda hacer pensar en una parcialidad, lleva a que ese juez -en el caso de la jueza de Briviesca- «debiera ser apartada». Aláez estuvo con su equipo de letrados el jueves en Belorado preparando con las exclarisas los argumentos y la exposición ante el magistrado de la Audiencia de Burgos que se hará cargo de decidir sobre la controversia.

Las causas que lleva la jueza de Briviesca son la venta del oro y la acusación contra el comisario pontificio, el arzobispo de Burgos, Mario Iceta, por los supuestos delitos de coacciones, administración desleal y revelación de secretos.

Un juicio perdido

En estos momentos hay varias causas civiles y penales abiertas; la más antigua del mes de julio de 2024 cuando las exclarisas presentaron denuncia en el Juzgado de Burgos contra la decisión del nombramiento de Iceta; la segunda la de la venta del oro por parte de Laura García de Viedma; y otra contra el comisario pontificio, la interpuesta el año pasado -y anterior al cisma- por las clarisas de Vitoria por la venta de propiedades.

Las dos últimas, agrupadas en una en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid por la no inscripción, en los registros de Interior y de Justicia, de la asociación civil derivada de una orden religiosa que fueron desestimadas recientemente.

La sentencia de la Sección Sexta de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del 11 de junio de 2025 inadmitía el recurso presentado por la exabadesa de Belorado, Laura García de Viedma Serrano que buscaban transformar «las entidades monásticas pertenecientes a la Iglesia Católica en asociaciones civiles culturales» e impugnar el nombramiento del Comisario Pontificio como legítimo administrador y representante legal de los Monasterios.

La suspensión del procedimiento

Como se recordará, el pasado 8 de mayo las exmonjas cismáticas presentaron un incidente de recusación contra la jueza del Juzgado Mixto de Briviesca, dos días hábiles antes de la celebración del juicio de desahucio, que estaba señalado para el día 13 de mayo, lo que provocó la suspensión de dicho procedimiento. La jueza recusada informó oponiéndose expresamente a dicha recusación. La Audiencia convocó a las partes para la vista que se ha celebrado hoy.

El instructor del expediente gubernativo ha rechazado la recusación in voce en el mismo acto de la vista. Contra este auto no cabe recurso alguno.

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